{"id":3366,"date":"2022-09-02T22:19:22","date_gmt":"2022-09-03T03:19:22","guid":{"rendered":"https:\/\/munozab.nuntu.co\/?p=3366"},"modified":"2025-10-27T09:29:40","modified_gmt":"2025-10-27T14:29:40","slug":"jornada-laboral-de-integracion-familiar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/munozab.com\/en\/jornada-laboral-de-integracion-familiar\/","title":{"rendered":"Jornada Laboral de Integraci\u00f3n Familiar"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">Tras la expedici\u00f3n de la Ley 1857 de 2017 la cual modifica la Ley 1361 de 2009, se adicionaron y complementaron las medidas de protecci\u00f3n de la familia. Conforme a su contenido, el empleador debe adoptar medidas que flexibilicen el horario de trabajo y acordar con el trabajador las condiciones que contribuyan a facilitar el cumplimiento de los deberes familiares. En consecuencia, el empleador conceder\u00e1 al trabajador una jornada laboral por semestre que deber\u00eda ser dedicada a compartir y fortalecer los v\u00ednculos del grupo familiar.<br>En el desarrollo de la Ley se determinan tres formas de cumplimiento a lo ordenado, la primera le abre la posibilidad al empleador en disponer bajo su criterio la forma de realizaci\u00f3n de la jornada para que el trabajador comparta con su familia; la segunda viabiliza al empleador la posibilidad de gestionar ante la Caja de Compensaci\u00f3n Familiar eventos que se pueden desarrollar dentro de dicha jornada; y la tercera establece que en caso de no cumplirse las dos primeras opciones, se conceda al trabajador una jornada libre remunerada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">\u00bfC\u00f3mo se cumple la obligaci\u00f3n de otorgar el d\u00eda de la familia al trabajador?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">La norma es clara en se\u00f1alar que los empleadores deber\u00e1n facilitar, promover y gestionar una jornada semestral, luego si el empleador presenta dificultades para realizar un evento destinado a generar la integraci\u00f3n de los trabajadores con su familia y no logra gestionar dicho evento en la Caja de Compensaci\u00f3n Familiar; el trabajador tiene la facultad de solicitar al empleador una jornada libre remunerada destinada a compartir con su familia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Ahora bien, si fue concedido el d\u00eda y no puso ser disfrutado por el trabajador atendiendo a causas externas relacionadas con el ejercicio de sus labores podr\u00eda justificarse su aplazamiento y disfrute en el siguiente semestre, sin que esto se vuelva una practica recurrente en la empresa pues se romper\u00eda la posibilidad de hacerlo como algo excepcional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">\u00bfEl d\u00eda de familia tiene fecha l\u00edmite para su disfrute?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">La jornada laboral destinada a la integraci\u00f3n familiar se encuentra estructurada de tal forma que el empleador es el encargado de propiciar dichos espacios de integraci\u00f3n. Por consiguiente, si no se evidencia el otorgamiento de esta jornada laboral se entender\u00e1 que el empleador falt\u00f3 a su obligaci\u00f3n y puede ser objeto de sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">El d\u00eda a la familia se debe conceder de forma semestral y no es susceptible del fen\u00f3meno de la caducidad. Aun cuando no se disfrute dentro del respectivo semestre el trabajador no perder\u00e1 el derecho a gozar el d\u00eda con posterioridad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Cabe manifestar que el empleador no debe agendar la jornada familiar en d\u00edas de descanso del trabajador, pues debe hacerse dentro de la jornada laboral ordinaria. Por ello, el s\u00e1bado no deber\u00eda ser parte de los d\u00edas de programaci\u00f3n, salvo que ese d\u00eda por reglamento interno sea considerado dentro del horario laboral<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras la expedici\u00f3n de la Ley 1857 de 2017 la cual modifica la Ley 1361 de 2009, se adicionaron y complementaron las medidas de protecci\u00f3n de la familia. Conforme a su contenido, el empleador debe adoptar medidas que flexibilicen el horario de trabajo y acordar con el trabajador las condiciones que contribuyan a facilitar el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":3367,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"nf_dc_page":"","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3366","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-blog"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3366","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3366"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3366\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3367"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3366"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3366"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3366"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}