{"id":3534,"date":"2020-08-05T21:39:40","date_gmt":"2020-08-06T02:39:40","guid":{"rendered":"https:\/\/munozab.nuntu.co\/?p=3534"},"modified":"2025-10-27T09:30:17","modified_gmt":"2025-10-27T14:30:17","slug":"que-paso-con-la-reunion-del-maximo-organo-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/munozab.com\/en\/que-paso-con-la-reunion-del-maximo-organo-social\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 Pas\u00f3 Con La Reuni\u00f3n Del M\u00e1ximo \u00d3rgano Social?"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">Las empresas tienen el deber de realizar la reuni\u00f3n ordinaria de Junta de Socios o Asamblea General de Accionistas una vez al a\u00f1o en la \u00e9poca fijada en los estatutos y, en silencio de estos, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio. La importancia de esta reuni\u00f3n recae en que a falta de celebraci\u00f3n dejar\u00e1 sin aprobaci\u00f3n los balances de fin de ejercicio, por lo que es fundamental realizar las reuniones ordinarias con fin de poder aprobar estados financieros y realizar la revisi\u00f3n de todos los temas que reclamen el debido funcionamiento de la compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">En raz\u00f3n a las dificultades presentadas con ocasi\u00f3n al estado de emergencia, varias sociedades no han realizado la reuni\u00f3n del m\u00e1ximo \u00f3rgano social. Si bien es cierto, la no celebraci\u00f3n de esta reuni\u00f3n es una falta, podr\u00e1 ser enmendada con la simple convocatoria a los accionistas de manera inmediata. Es as\u00ed como las sociedades tienen la posibilidad de realizar la reuni\u00f3n, de manera presencial, no presencial o mixta, siempre y cuando se indique en la convocatoria y se garanticen los derechos de todos los accionistas o socios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">En vista de que la mayor\u00eda de las reuniones ordinarias del m\u00e1ximo \u00f3rgano social se deb\u00edan celebrar antes del 31 de marzo, el Gobierno Nacional profiri\u00f3 el Decreto 434 del 19 de marzo del 2020 y el Decreto 398 del 13 de marzo de 2020 por medio del cual se reglament\u00f3 el art\u00edculo 19 de la Ley 222 de 1995 relativo a las reuniones no presenciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Entre las modificaciones presentadas se determin\u00f3 que las reglas legales y estatutarias sobre convocatoria, qu\u00f3rum y mayor\u00eda de las reuniones presenciales ser\u00e1n aplicables a las reuniones no presenciales y a las mixtas. Adicionalmente las reuniones que no se hayan celebrado antes de la declaraci\u00f3n de Estado de Emergencia, podr\u00e1n llevarse a cabo hasta dentro del mes siguiente a la finalizaci\u00f3n de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">En el evento en que la reuni\u00f3n del m\u00e1ximo \u00f3rgano social no se haya podido efectuar, es conveniente realizar una convocatoria donde se informen las razones que impidieron la realizaci\u00f3n de esta reuni\u00f3n y se plantee una reuni\u00f3n mixta o no presencial, donde se brinde la posibilidad a los accionistas de que puedan ejercer el derecho de inspecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Por otra parte se deben tomar las medidas de bioseguridad pertinentes para la consulta de la informaci\u00f3n requerida por los socios o accionistas, en caso tal que esto no sea factible, la sociedad podr\u00e1 habilitar canales electr\u00f3nicos propendiendo por la seguridad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">La convocatoria deber\u00e1 determinar los medios tecnol\u00f3gicos que ser\u00e1n usados y la forma como se acceder\u00e1 a la reuni\u00f3n. En caso tal, que se pretenda realizar la reuni\u00f3n presencial se recomienda al representante legal advertir a los asistentes adoptar las medidas necesarias de protecci\u00f3n establecidas por el Gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Finalmente, es importante aclarar que los accionistas no podr\u00e1n realizar las reuniones por derecho propio si no hasta el primer d\u00eda h\u00e1bil siguiente al mes siguiente a la finalizaci\u00f3n de la emergencia sanitaria, a las 10a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administraci\u00f3n de la sociedad.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las empresas tienen el deber de realizar la reuni\u00f3n ordinaria de Junta de Socios o Asamblea General de Accionistas una vez al a\u00f1o en la \u00e9poca fijada en los estatutos y, en silencio de estos, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio. 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