{"id":3545,"date":"2020-06-17T21:46:49","date_gmt":"2020-06-18T02:46:49","guid":{"rendered":"https:\/\/munozab.nuntu.co\/?p=3545"},"modified":"2025-10-27T09:30:20","modified_gmt":"2025-10-27T14:30:20","slug":"la-virtualidad-siempre-fue-la-regla-general","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/munozab.com\/en\/la-virtualidad-siempre-fue-la-regla-general\/","title":{"rendered":"La Virtualidad Siempre Fue la Regla General"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">A partir del 1 de julio de 2020, los colombianos veremos una nueva forma de acceder a la justicia mediante el uso de las TIC. El Decreto 806 de 2020 determina las reglas especiales para el uso de herramientas virtuales en procesos judiciales con el fin de activar la administraci\u00f3n de justicia para aquellos ciudadanos que desean acudir a ella, reclamar sus derechos y dirimir los conflictos derivados de la grave crisis econ\u00f3mica y laboral que se vive actualmente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Sin embargo, a pesar de que las TIC se presentan como una forma novedosa y obligada de acceder a las justicia, lo cierto es que desde la expedici\u00f3n del CGP, las actuaciones procesales con apoyo telem\u00e1tico son la regla general y est\u00e1n distribuidas de manera robusta a lo largo de dicha norma, no obstante, quiz\u00e1 por estar preocupados en discusiones secundarias, le dimos prioridad a la excepcional presencialidad y la pandemia nos cogi\u00f3 el paso. Dentro de aquellas reglas que trae el mencionado Decreto, destaco las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Frente a la demanda: al presentar y\/o subsanar la demanda por medio electr\u00f3nico, el demandante debe enviar simult\u00e1neamente al demandado la copia de la demanda y sus anexos mediante la opci\u00f3n de destinatario secundario visible (CC: Copia de Carb\u00f3n); una vez admitida, su notificaci\u00f3n se limitar\u00e1 al env\u00edo del auto admisorio al demandado y se entender\u00e1 realizada transcurridos dos d\u00edas habiles siguientes al env\u00edo del mensaje. Recientemente, la Corte Suprema de Justicia aclar\u00f3 que la notificaci\u00f3n se entender\u00e1 surtida cuando el correo electr\u00f3nico es recibido por el destinatario y no cuando aquel abre el correo para leerlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Frente a la notificaci\u00f3n de personas naturales: si bien el Decreto 806 de 2020 no dedica un art\u00edculo espec\u00edfico a la notificaci\u00f3n de personas naturales, de aquel se puede extraer que cuando aquella persona se encuentre inscrita en el registro mercantil, la demanda y sus anexos ser\u00e1n remitidos a la direcci\u00f3n all\u00ed registrada; en cambio, cuando se desconozca la direcci\u00f3n electr\u00f3nica de notificaci\u00f3n judicial de esa persona, deber\u00e1 realizarse el env\u00edo f\u00edsico de la demanda y sus anexos antes de presentarla ante el juez de conocimiento; con la demanda se debe acreditar aquel env\u00edo f\u00edsico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Frente a los traslados: los escritos de los que deba correrse traslado a la contraparte podr\u00e1n ser enviados al despacho con copia (CC) al oponente, de ser as\u00ed, el traslado se entender\u00e1 realizado a los dos d\u00edas h\u00e1biles siguientes del env\u00edo del mensaje, una vez vencido ese t\u00e9rmino, comenzar\u00e1 a correr el respectivo t\u00e9rmino. En este caso se presidiar\u00eda de la fijaci\u00f3n en lista.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Frente a la segunda instancia: quiz\u00e1 una de las redacciones menos afortunadas en mi concepto. Se elimina la sustentaci\u00f3n oral del recurso de apelaci\u00f3n ante el juez de segunda instancia, el tr\u00e1mite se limita a la presentaci\u00f3n de un escrito de sustentaci\u00f3n, el cual no ser\u00e1 otra cosa que una copia del escrito de reparos concretos que se present\u00f3 en la primera instancia; de aquel escrito se correr\u00e1 traslado a la otra parte para que se pronuncie al respecto y se proceder\u00e1 a tomar una decisi\u00f3n. Se cercena una oportunidad de encarar los errores del juez de primera instancia de forma oral ante su superior.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">A pesar de ello, el Decreto 806 de 2020 es el buen resultado de un esfuerzo conjunto entre el Gobierno, el Consejo Superior de la Judicatura y la academia; nos entrega finalmente unas reglas para activar y agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atenci\u00f3n a los usuarios de la justicia.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir del 1 de julio de 2020, los colombianos veremos una nueva forma de acceder a la justicia mediante el uso de las TIC. El Decreto 806 de 2020 determina las reglas especiales para el uso de herramientas virtuales en procesos judiciales con el fin de activar la administraci\u00f3n de justicia para aquellos ciudadanos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":3546,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"nf_dc_page":"","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3545","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-blog"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3545","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3545"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3545\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3546"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3545"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3545"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/munozab.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3545"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}