{"id":3708,"date":"2019-04-09T21:28:27","date_gmt":"2019-04-10T02:28:27","guid":{"rendered":"https:\/\/munozab.nuntu.co\/?p=3708"},"modified":"2025-10-27T09:31:06","modified_gmt":"2025-10-27T14:31:06","slug":"el-abuso-del-derecho-de-propiedad-industrial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/munozab.com\/en\/el-abuso-del-derecho-de-propiedad-industrial\/","title":{"rendered":"El Abuso del Derecho de Propiedad Industrial"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">La Propiedad Industrial, se sustenta en monopolios leg\u00edtimos con l\u00edmites temporales \u2013renovables en algunos casos- para fomentar la competitividad y el desarrollo de una sociedad. Sin embargo, muchas veces sucede algo exactamente contrario al esp\u00edritu originario de esta rama del derecho, y es que los titulares buscan extender el alcance de sus derechos, para convertirlos en derechos absolutos, limitando y restringiendo la posibilidad de que aparezcan nuevos agentes del mercado (competidores) y afectando finalmente a los consumidores. Por esta raz\u00f3n se plantea un an\u00e1lisis desde la perspectiva del abuso del derecho de propiedad industrial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">\u00bfConstituye abuso solicitar un registro de propiedad industrial?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">En principio solicitar la protecci\u00f3n un derecho de propiedad industrial (marca, patente de invenci\u00f3n, modelo de utilidad o dise\u00f1o industrial, entre otros) no constituye un abuso del derecho, pues los procesos de protecci\u00f3n incluyen etapas de publicaci\u00f3n para que cualquier tercero eleve oposici\u00f3n e impida el registro. No obstante lo anterior, cuando se trata de una solicitud de registro de mala fe, cuyo \u00fanico fin es el de restringir el acciones de competidores en el mercado, conociendo la inexistencia de los requisitos sustanciales del derecho y con la finalidad de desplegar acciones de infracci\u00f3n posteriores, si se podr\u00eda considerar como un acto deliberado de abuso del derecho propio, susceptible de generar consecuencias jur\u00eddicas negativas a su titular.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">\u00bfObtener un registro de marca sobre una forma usual constituye mala fe?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">En nuestra opini\u00f3n si, puesto que, si un competidor solicita la protecci\u00f3n de un signo distintivo sobre una forma que se pueda considerar &#8220;usual&#8221; en el mercado, bien sea porque se ha convertido en un producto de &#8220;tendencia global&#8221; que est\u00e1 disponible en cualquier pa\u00eds del mundo, o bien por inactividad a lo largo del tiempo por parte de su creador originario, esta solicitud \u00fanicamente busca ejercer una exclusividad indebida, que terminar\u00e1 por apoderarse de un elemento que carece de distintividad. Al respecto en materia marcaria, existe una causal absoluta de irregistrabilidad que establece que no se podr\u00e1 registrar como marca los signos que &#8220;consistan exclusivamente en formas usuales de los productos o de sus envases, o en formas o caracter\u00edsticas impuestas por la naturaleza o la funci\u00f3n de dicho producto o del servicio de que se trate&#8221;. (D. 486\/2000. Art. 136. Lit. c.)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">\u00bfQu\u00e9 normativa vigente permite mitigar el riesgo de abuso del derecho?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"\">Aunque el abuso del derecho se desarrolla a nivel jurisprudencial, Colombia cuenta con herramientas legales que permiten impedir que se presenten situaciones de abuso del derecho por parte de titulares de derechos de propiedad industrial, por ejemplo, en los ADPIC-1994 (OMC), se incorpor\u00f3 como Principio la posibilidad de &#8220;aplicar medidas apropiadas, siempre que sean compatibles con lo dispuesto en el presente Acuerdo, para prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares o el recurso a pr\u00e1cticas que limiten de manera injustificable el comercio&#8221;. En igual sentido, otras figuras como la cancelaci\u00f3n por vulgarizaci\u00f3n o el r\u00e9gimen de licencias obligatorias en materia de patentes, facultan al Estado a intervenir y regular el abuso de los titulares.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Propiedad Industrial, se sustenta en monopolios leg\u00edtimos con l\u00edmites temporales \u2013renovables en algunos casos- para fomentar la competitividad y el desarrollo de una sociedad. 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