Reducción jornada laboral

Julio 30, 2021
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COMUNICADO – Ley 2101 del 15 de julio de 2021 " Por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones"

En el año de 2019, fue radicado ante el Congreso de la República, el proyecto de ley que buscaba la reducción de la jornada laboral en Colombia, sin disminuir las condiciones salariales de los trabajadores, el texto final fue aprobado el 15 de Julio de 2021.

Como parte de la motivación de la ley, se indico que la productividad esta asociada a ciertos factores como el ambiente laboral, recursos necesarios para efectuar el trabajo y la motivación. En este punto se indico que un empleado motivado es mas productivo y que uno de los factores que llegan a afectar la motivación es el cansancio como producto de las largas jornadas de trabajo. Con las largas jornadas laborales, no solamente se ve afectado el tema de la productividad laboral, la salud de los trabajadores también se ve afectada a causa de fatiga física y mental.

Según encuesta realizada por el DANE, el promedio de horas trabajadas a la semana es de 45.1 horas, de manera adicional, se indica que el máximo de 48 horas señales vigente en la actualidad corresponde a lo indicado al convenio Coo1 de 1019 de la OIT, posteriormente el C047 - Convenio sobre las cuarenta horas, 1935, determinó que los Estados quienes lo suscribieran, estarían obligados a establecer una jornada laboral de máximo 40 horas semanales.

Por lo que al ser sancionado por el Presidente de la República, se aprobó el mismo en los siguientes términos:

 Modificación del Articulo 61 del Código Sustantivo del Trabajo.

 La reducción de la jornada laboral se hará de manera progresiva.

 La jornada laboral quedara en una máxima de 42 horas a la semana.

I. ¿Cuándo empieza a regir la reducción?

Se determinó que la reducción empezaría dos años después de aprobado el proyecto de Ley, es decir en el año 2023 se haría la reducción de la primera hora de la jornada laboral. En el año 2024 se haría la reducción de otra hora de la jornada laboral y en los años sucesivos será hará la reducción de dos (2) horas cada año, hasta llegar al tope de 42 horas semanales.

II. ¿Cómo se puede distribuir la jornada laboral?
La jornada laboral, puede ser distribuida de manera flexible a la largo de la semana laboral, puede distribuirse de lunes a viernes o de lunes a sábado, el día de descanso, puede coincidir o no, con el día domingo.

Se puede llegar al acuerdo entre empleador y trabajador, para que la empresa opere sin solución de
continuidad, siempre que los turnos sean de máximo seis (6) horas al día y un máximo de treinta y
seis (36) horas a la semana.

El numero de horas de trabajo, podrá distribuirse a la largo de la semana, teniendo como base
mínimo cuatro (4) horas de trabajo diario y un máximo de nueve (9) horas al día, sin que se llegue a
acceder el tope de las 42 horas semanales, este tipo de distribución NO da lugar al pago de horas
extras.

El empleador que lo desee, podrá acogerse a la jornada de 42 horas laboras a la entrada en vigencia
de la Ley.

III. ¿Se puede reducir el salario de los trabajadores como consecuencia de la disminución
de horas trabajadas?

NO es posible para los empleadores realizar la reducción del salario de los trabajadores, puesto que
según lo determinado en el proyecto de Ley, se deben respetar los derechos adquiridos por los
trabajadores y los acuerdos pactados en relación al salario.

IV. Prohibiciones especiales.

Con la reducción de la jornada laboral, también se determinó la prohibición de laborar mas de nueve
(9) horas diarias y mínimo de cuatro (4) horas diarias. Otra prohibición importante, es que cuando se
trate de jóvenes entre los 15 y 17 años, la jornada solo podrá ser diurna, podrán trabajar solo un
máximo de 6 horas , y en todo caso, la jornada no podrá superar el horario de las 6pm.

V. Entrada en vigencia.

La ley 2101 de 2021, rige a partir de su promulgación.

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